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Guía de trámite Ministerio del Trabajo

Solicitar visto bueno laboral en Ecuador

El visto bueno es un procedimiento administrativo ante un Inspector de Trabajo para terminar la relación laboral por causales previstas en el Código del Trabajo. Para el empleador, la ficha oficial vincula la petición con el artículo 172; el artículo 621 remite a los motivos de los artículos 172 y 173, según corresponda. Existen rutas distintas según solicite el trabajador o el empleador y, para este último, según se pida o no suspensión de la relación. La decisión se emite mediante resolución y no debe confundirse con una denuncia laboral genérica.

Costo Las fichas oficiales consultadas indican que las rutas de visto bueno no tienen costo administrativo.
Tiempo El tiempo depende de notificaciones, contestación, pruebas y actuaciones del Inspector de Trabajo.
Modalidad Mixto
Última revisión 19/08/2026
Qué es este trámite

Qué es este trámite

El Inspector de Trabajo es la autoridad administrativa competente para conocer y resolver la petición. La causal y la parte solicitante determinan la vía: la ficha del empleador cita el artículo 172 y el propio artículo 621 remite a los motivos previstos en los artículos 172 y 173 del Código del Trabajo. Por eso debes diferenciar trabajador, empleador sin suspensión y empleador con solicitud de suspensión.
Antes de empezar

Antes de empezar

No uses indistintamente los formularios. Si solicita el empleador, revisa si pretende suspensión durante el trámite y los requisitos adicionales; si solicita el trabajador, fundamenta la causal que le corresponde. La petición debe exponer hechos, derecho y respaldos.
Qué pasa después

Qué pasa después

El procedimiento termina con una resolución del Inspector. Conserva el expediente y verifica cómo debe reflejarse la terminación en el finiquito. La propia explicación del Ministerio recuerda que la resolución administrativa no impide que la controversia sea llevada posteriormente ante un juez laboral.
Requisitos

Requisitos

  • Identificación de la persona solicitante.
  • Petición con hechos y fundamentos jurídicos de la causal invocada.
  • Documentos y evidencias que respalden los hechos alegados.
  • Firma digital para el canal en línea cuando la ficha correspondiente la exige.
  • Requisitos especiales de la ruta escogida, incluidos los que procedan para suspensión.
Proceso guiado

Paso a paso

Sigue el orden indicado y confirma el resultado de cada paso antes de continuar.

Identifica quién solicita y cuál es la causal

Fuera de EcuadorUtil
Determina si la petición será presentada por el trabajador o por el empleador y ubica la causal concreta que sustenta la terminación. La documentación oficial del empleador cita el artículo 172 y el artículo 621 del Código del Trabajo remite a los motivos de los artículos 172 y 173. Reúne los hechos en orden cronológico y evita formular el visto bueno como una queja genérica sin conexión con la causal y las circunstancias aplicables.
La parte solicitante y la causal determinan la ruta.
Resultado esperado Tendrás definida la vía de visto bueno que corresponde.
Revisar finalidad del visto bueno

Si eres empleador, decide si solicitas suspensión

Fuera de EcuadorUtil
El Ministerio mantiene procedimientos diferenciados para visto bueno del empleador con suspensión y sin suspensión de la relación laboral. Revisa las condiciones y requisitos de cada ficha antes de presentar, porque la elección produce efectos procedimentales distintos y no debe marcarse por defecto.
No confundas las dos rutas del empleador.
Resultado esperado Sabrás si tu petición incluye o no solicitud de suspensión.
Ver visto bueno con suspensión

Prepara la petición, firma y evidencia

Fuera de EcuadorUtil
Redacta el documento con la narración de hechos, fundamentos de derecho y petición concreta, y organiza los documentos que prueben la causal. Para el canal en línea, verifica la exigencia de firma digital y los anexos especiales de la ficha correspondiente antes de enviar.
La petición debe estar sustentada, no solo afirmada.
Resultado esperado Tendrás un expediente ordenado para la presentación.
Revisar requisitos oficiales

Presenta por el canal habilitado y atiende notificaciones

Fuera de EcuadorUtil
Ingresa la solicitud por el canal en línea o presencial previsto para tu ruta y conserva el respaldo de ingreso. Revisa periódicamente las notificaciones y responde dentro de los términos que correspondan, aportando la información o prueba requerida durante la sustanciación del procedimiento.
No ignores notificaciones durante la sustanciación.
Resultado esperado La petición quedará presentada y podrás seguir el trámite.
Ver ruta del trabajador

Recibe la resolución y coordina el cierre laboral

Fuera de EcuadorUtil
Una vez emitida la resolución del Inspector, conserva copia íntegra y revisa sus efectos sobre la terminación, liquidación y finiquito. Si existe controversia jurídica posterior, recuerda que la explicación oficial indica que el visto bueno administrativo no elimina la posibilidad de acudir a la justicia laboral.
La resolución debe conservarse junto al expediente laboral.
Resultado esperado Tendrás documentada la decisión administrativa y el paso de cierre.
Consultar explicación del Ministerio
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Quién decide el visto bueno?
El Inspector de Trabajo es la autoridad administrativa competente para sustanciar y resolver la petición.
¿Puede pedirlo el trabajador?
Sí. Existe una ruta oficial para terminación a petición del empleado con visto bueno contra el empleador.
¿El empleador siempre suspende la relación mientras se tramita?
No. Existen fichas distintas para visto bueno del empleador con suspensión y sin suspensión.
¿El visto bueno es lo mismo que una denuncia laboral?
No. El visto bueno busca una resolución sobre la terminación por causales legales; las denuncias laborales tienen otros canales y objetivos.
Verificación

Fuentes oficiales consultadas

Comprueba siempre la información más reciente en el organismo responsable antes de completar el trámite.

Ministerio del Trabajo Finalidad del proceso de visto bueno Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
Ministerio del Trabajo Visto bueno a petición del empleado Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
Ministerio del Trabajo Visto bueno del empleador sin suspensión Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
Ministerio del Trabajo Visto bueno del empleador con suspensión Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
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