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Guía de trámite Ministerio del Trabajo

Solicitar acumulación del décimo cuarto

El décimo cuarto se paga mensualmente por regla general y puede acumularse si el trabajador lo solicita por escrito. El Ministerio indica los primeros 15 días de enero para relaciones vigentes y, para nuevas contrataciones, el momento de celebrar el contrato o los primeros 15 días de la relación. El pago acumulado tiene fechas distintas por región: hasta el 15 de marzo en Costa e Insular y hasta el 15 de agosto en Sierra y Amazonía.

Costo La solicitud escrita de acumulación al empleador no tiene una tasa administrativa para el trabajador.
Tiempo La petición sigue el plazo indicado; el pago acumulado vence en marzo o agosto según la región donde corresponda.
Modalidad Mixto
Última revisión 19/08/2026
Qué es este trámite

Qué es este trámite

Aunque la solicitud de acumulación sigue la regla escrita indicada por el Ministerio, la fecha máxima de pago del décimo cuarto cambia: Costa e Insular hasta el 15 de marzo; Sierra y Amazonía hasta el 15 de agosto.
Antes de empezar

Antes de empezar

Para relaciones vigentes, usa los primeros 15 días de enero. En nuevas contrataciones, la petición puede formularse al celebrar el contrato o dentro de los primeros 15 días. Conserva copia porque el trabajador no registra personalmente esta opción en Salarios en Línea.
Qué pasa después

Qué pasa después

Revisa que tus roles reflejen el cambio de modalidad y comprueba el pago en marzo o agosto según la región aplicable. Si decides mantener acumulado el décimo cuarto en años siguientes, la FAQ del Ministerio señala que no es necesario renovar la solicitud cada año.
Requisitos

Requisitos

  • Solicitud escrita dirigida al empleador.
  • Identificación del trabajador y datos de la relación laboral.
  • Manifestación expresa de acumulación del décimo cuarto.
  • Fecha dentro del plazo correspondiente a relación vigente o nueva contratación.
  • Constancia de recepción y referencia a la región laboral para controlar la fecha de pago.
Proceso guiado

Paso a paso

Sigue el orden indicado y confirma el resultado de cada paso antes de continuar.

Revisa tu modalidad actual de décimo cuarto

Fuera de EcuadorUtil
Comprueba en los roles si recibes mensualmente la parte proporcional del décimo cuarto. Si deseas acumularla, prepara una solicitud escrita al empleador. No asumas que dejar de ver un concepto en el rol significa que la acumulación quedó bien configurada sin una petición documentada.
La solicitud debe reflejar una decisión expresa del trabajador.
Resultado esperado Sabrás qué modalidad tienes y cuál quieres solicitar.
Ver regla de acumulación

Determina el plazo de solicitud aplicable

Fuera de EcuadorUtil
Para una relación laboral que ya existe, presenta la petición durante los primeros quince días de enero. Si eres una nueva contratación, el Ministerio permite solicitarla al celebrar el contrato o dentro de los primeros quince días de inicio. Registra la fecha exacta de entrega.
El plazo cambia para nuevas contrataciones.
Resultado esperado Tendrás identificada la fecha límite que te corresponde.
Revisar plazos oficiales

Entrega la solicitud escrita y conserva recepción

Fuera de EcuadorUtil
Redacta una comunicación breve que identifique al trabajador, al empleador y la voluntad de recibir acumulada la décima cuarta remuneración. Firma, fecha y entrega por un medio que permita conservar una copia recibida, un correo verificable u otra evidencia de entrega.
Guarda la constancia de recepción durante toda la modalidad.
Resultado esperado La petición quedará documentada frente al empleador.
Consultar FAQ de acumulación

Identifica la fecha de pago según tu región

Fuera de EcuadorUtil
Determina la región laboral relevante para el pago: el Ministerio indica hasta el 15 de marzo para Costa e Insular y hasta el 15 de agosto para Sierra y Amazonía. No uses una única fecha nacional para comprobar si el pago acumulado está dentro del período.
Costa/Insular y Sierra/Amazonía tienen fechas distintas.
Resultado esperado Sabrás cuándo controlar el pago acumulado en tu región.
Ver fechas regionales

Verifica pago y registro del empleador

Fuera de EcuadorUtil
Comprueba que los roles y el pago acumulado sean coherentes con la modalidad solicitada. Conserva la petición y los comprobantes; el registro institucional de pagos corresponde al empleador mediante los sistemas del Ministerio y no sustituye la evidencia que guardas como trabajador.
Si mantienes acumulación, la FAQ indica que no debes solicitarla cada año.
Resultado esperado Tendrás documentado el cambio de modalidad y el pago regional.
Ver registro oficial del décimo cuarto
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿El décimo cuarto se acumula sin pedirlo?
No. El Ministerio describe pago mensual y permite acumulación mediante solicitud escrita del trabajador.
¿Cuál es el plazo para pedir acumulación?
En una relación vigente, los primeros 15 días de enero; para nuevas contrataciones, al firmar o dentro de los primeros 15 días de la relación.
¿Cuándo se paga acumulado en Costa e Insular?
La información oficial señala hasta el 15 de marzo.
¿Cuándo se paga acumulado en Sierra y Amazonía?
La información oficial señala hasta el 15 de agosto.
Verificación

Fuentes oficiales consultadas

Comprueba siempre la información más reciente en el organismo responsable antes de completar el trámite.

Ministerio del Trabajo Plazo y solicitud para acumulación de décimos Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
Ministerio del Trabajo Preguntas frecuentes — sector privado Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
Ministerio del Trabajo Registro del pago de décimocuarta remuneración Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
Ministerio del Trabajo Obligación de pago y registro de décimos — Ministerio del Trabajo Consultada: 19/08/2026
Abrir fuente ↗
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