Solicitar acumulación del décimo cuarto
El décimo cuarto se paga mensualmente por regla general y puede acumularse si el trabajador lo solicita por escrito. El Ministerio indica los primeros 15 días de enero para relaciones vigentes y, para nuevas contrataciones, el momento de celebrar el contrato o los primeros 15 días de la relación. El pago acumulado tiene fechas distintas por región: hasta el 15 de marzo en Costa e Insular y hasta el 15 de agosto en Sierra y Amazonía.
Qué es este trámite
Antes de empezar
Qué pasa después
Requisitos
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Solicitud escrita dirigida al empleador.
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Identificación del trabajador y datos de la relación laboral.
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Manifestación expresa de acumulación del décimo cuarto.
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Fecha dentro del plazo correspondiente a relación vigente o nueva contratación.
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Constancia de recepción y referencia a la región laboral para controlar la fecha de pago.
Paso a paso
Sigue el orden indicado y confirma el resultado de cada paso antes de continuar.
Revisa tu modalidad actual de décimo cuarto
Fuera de EcuadorUtilDetermina el plazo de solicitud aplicable
Fuera de EcuadorUtilEntrega la solicitud escrita y conserva recepción
Fuera de EcuadorUtilIdentifica la fecha de pago según tu región
Fuera de EcuadorUtilVerifica pago y registro del empleador
Fuera de EcuadorUtilPreguntas frecuentes
¿El décimo cuarto se acumula sin pedirlo?
¿Cuál es el plazo para pedir acumulación?
¿Cuándo se paga acumulado en Costa e Insular?
¿Cuándo se paga acumulado en Sierra y Amazonía?
Fuentes oficiales consultadas
Comprueba siempre la información más reciente en el organismo responsable antes de completar el trámite.
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